Cambios custodia hijos

Cambios en la custodia de los hijos.

Los cambios en la custodia de los hijos, tanto monoparental como compartida, son posibles a través de una demanda de modificación de medidas.

Es necesario demostrar el cambio sustancial de las circunstancias desde las medidas adoptadas por el Juez o establecidas en el convenio regulador.

Como detectives privados especializados en Derecho de Familia, tenemos muy claras las pruebas que necesitan nuestros clientes.

Ante todo, es necesario demostrar que existen un cambio de circunstancias que hacen conveniente el cambio de régimen por el interés superior del menor.

El cambio debe ser permanente, debe existir habitualidad, quedan excluidos las situaciones ocasionales.

El cambio debe producirse después de la resolución judicial que se dictó.

El interés superior del menor puede justificar en todo caso el cambio de custodia monoparental a compartida.

Este interés superior es un concepto jurídico indeterminado, lo que implica que en cada caso será el Juez quien tenga que valorar qué régimen de custodia es el mejor para el cuidado y desarrollo de los hijos.

No debemos olvidar qué a la hora de dictar su fallo, el Juez tendrá en cuenta:

  • El informe del detective privado
  • La del equipo psicosocial, cuando se proponga por alguna de las partes y se admita.
  • Y la de los menores, a partir de los 12 años.

¿Cuáles son los cambios sustanciales más frecuentes para pasar de una custodia monoparental a compartida que investiga el detective privado?

  • El horario laboral real del cónyuge que imposibilita la dedicación obligada al menor.
  • Actividades laborales y económicas sin declarar.
  • Delegar el ejercicio de la custodia en terceras personas, normalmente los abuelos.
  • Actitudes y comportamientos como dejar al menor solo en casa, actividades o sitios inadecuados para su edad y posibles negligencias.

En Dettec Cádiz, estudiamos las posibilidades de éxito en cada caso concreto.

DETTEC CÁDIZ

El detective privado en la custodia de menores

https://www.conceptosjuridicos.com/codigo-civil-articulo-90/

https://www.conceptosjuridicos.com/codigo-civil-articulo-91/

https://www.conceptosjuridicos.com/ley-enjuiciamiento-civil-articulo-775/