Siniestros fraudulentos, una traba para las compañías de seguros

En las compañías de seguros cada vez es más usual la demanda de detectives privados que investiguen si la declaración de un siniestro corresponde con la realidad de lo ocurrido. Lamentablemente, la provincia de Cádiz sigue siendo una de las provincias a la cabeza de España en el fraude a las compañías aseguradoras.

Aunque se trata de una artimaña que acostumbra a darse en el mundo del automóvil, en la actualidad cada vez son más los ámbitos que se ven afectados por esta tendencia a la trampa, un delito tipificado como estafa que puede acarrear consigo la privación de libertad.

Accidentes de coche pactados, incendios en naves industriales provocados, engaños en la facilitación de datos al agente e incluso exageraciones sobre las consecuencias o los daños producidos tras el percance. Todos estos supuestos, considerados como siniestros fraudulentos, han aumentado en un 30% desde el inicio de la crisis, y aunque existan signos de recuperación, estos fraudes siguen aumentando, tal y como informa la Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones (ICEA). Una cifra que, lejos de la realidad esperada, dificulta en gran medida la consecución del peritaje y el éxito de la tramitación de la indemnización, que constituye la principal razón por la que los clientes se exponen a mentir abiertamente a las aseguradoras.

Aunque se trata de una artimaña que acostumbra a darse en el mundo del automóvil, lo cierto es que en la actualidad cada vez son más los ámbitos que se ven afectados por esta tendencia a la trampa. Lo que casi nadie recuerda hasta la fecha del juicio es que, tal y como indica el Código Penal, se trata de un delito tipificado como estafa que puede acarrear consigo la privación de libertad.

¿Qué dice la normativa?
En el artículo 248, la ley define a aquellos que cometen esta infracción como los individuos que “con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”. Se trata, pues, de un delito básico basado en el beneficio, en el provecho personal y en el enriquecimiento injusto, de cuya acción podrían derivar penas de cárcel de seis meses a tres años si la cantidad defraudada excediese de los 400 euros.

¿Qué consecuencias puede tener el fraude?
Además de la consiguiente denuncia por estafa, de ser demostrado el fraude el cliente pierde por completo el derecho a la indemnización que podía corresponderle. La póliza queda rescindida y anulada al momento y los datos del defraudador pasan a ser incluidos en una lista interna que puede ser compartida con el resto de las compañías de seguros, impidiendo así que éstas le acepten como usuario. En cuanto a los perjuicios globales que provoca la práctica de siniestros fraudulentos, éstos se resumen en el aumento del precio de las primas de las pólizas y en la adopción de políticas mucho más defensivas por parte de las compañías a la hora de reembolsar indemnizaciones.

Agencia Dettec.