Uso de dispositivos localizadores GPS por detectives privados.
¿Es lícito el uso de GPS por detectives privados?
Con la aparición de nuevas tecnologías y dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización, se cuestiona el ajuste al derecho de las actividades de los detectives privados en el ejercicio de su labor profesional.
La colocación de un GPS lo que hace es registrar cuándo arranca y se detiene el vehículo y dónde se encuentra físicamente, por lo que puede parecer similar al seguimiento realizado por medio de un detective privado.
Atendiendo al Ministerio del Interior Dirección General de la Policía sobre este planteamiento se puede afirmar que el uso de dispositivos de seguimiento requiere de una orden judicial previa, es decir, su uso por detectives privados debería limitarse a investigaciones judicializadas y su uso sea autorizado por la Autoridad Judicial competente (…) cuando investiguen delitos perseguibles a instancia de parte.
El detective privado debe actuar investido de habilitación en sentido amplio, debe cumplir escrupulosamente las exigencias formales en su actuación profesional.
La actividad del detective exige, como pilar básico, la obligación de defender los derechos de su cliente y los del sujeto sometido a investigación, con especial atención al derecho a la intimidad de éste, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 de la Constitución.
El derecho a la intimidad del sujeto investigado puede entrar en conflicto con derechos jurídicamente reconocidos en el contratante, lo que se resolverá mediante el juicio de proporcionalidad, que determinará si una intromisión en la esfera íntima tiene las exigencias de útil, necesaria y equilibrada.
El uso de medios técnicos debe ajustarse al juicio de proporcionalidad por cuanto puede suponer de intromisión en la esfera íntima del investigado.
AGENCIA DETTEC