Localizador GPS en la Investigación Privada

UTILIZAR GPS POR UN DETECTIVE, EN EJERCICIO DE SU OFICIO, NO ES DELITO LEVE DE COACCIONES

Hoy vamos a comentar una Sentencia favorable y pionera conseguida por el despacho en el ámbito Penal.

En este caso, la Audiencia Provincial de Cantabria no entiende que exista delito leve de coacciones en la utilización de dispositivos de GPS por parte de un detective en el ejercicio de su oficio.

El pasado día 7 de marzo de 2018 la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado Sentencia absolviendo de un delito leve de coacciones a un detective privado que, en el ejercicio de su oficio, había colocado dos dispositivos GPS en el vehículo de un particular al que venía haciendo un seguimiento.

“No hay en la causa datos de los que se infiera que el detective denunciado se apartara del ejercicio de su función y empleara los dispositivos GPS para atentar contra el derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen. Asimismo, la colocación en el vehículo de un GPS no es un acto violento, como tampoco lo es establecer una vigilancia sobre las acciones de una persona en la vía pública y, además, no se restringe la libertad deambulatoria del sujeto investigado ya que lo que el detective desea es que se mueva libremente, coja el coche y desarrolle su actividad profesional al objeto de informar sobre su horario laboral. Por último, el empleo de un localizador GPS adherido al automóvil es un medio técnico que facilita, sin sustituir, la labor de seguimiento del investigado cuando se mueve en coche por las vías pública ya que el GPS únicamente localiza y sitúa geográficamente al vehículo, no a la persona que lo conduce.

En resumen, los hechos que se declaran probados no son constitutivos de un delito leve de coacciones.”

La Sentencia obtenida por el abogado y socio de Sarabia y Asociados Abogados, departamento de Penal, Jose María Cavada Alonso, es novedosa, toda vez que hasta ahora no existía pronunciamiento sobre esta cuestión por parte de las Audiencias Provinciales. En este caso, conforme establece la Sentencia de 7 de marzo de 2018, la utilización de los dispositivos de GPS por parte de los detectives privados en el ejercicio de su oficio resulta admisible en tanto la labor se desarrolle en la vía pública, no restringa la libertad deambulatoria y el dispositivo técnico no sustituya la labor del detective.

 

AGENCIA DETTEC